Revista Salud y Bienestar

Con discapacidad: ¿Cuándo se considera familia numerosa?

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Con discapacidad: ¿Cuándo se considera familia numerosa?

Las familias numerosas poseen numerosos beneficios y por parte del Gobierno de España estas cuentan con una estructura de protección especifica. La normativa cuenta con diferentes modalidades de familia numerosa, incluida en aquellas donde existe un miembro con discapacidad.

Para poder acreditar la condición de familia numerosa, es necesario solicitar el documento acreditativo como tal para beneficiarse de numeras ventajas que conlleva dicha condición. Esta acreditación debe solicitarse en el organismo público que corresponda dentro de las competencias de cada Comunidad Autónoma.

Si existe un miembro dentro de la unidad familiar que tiene una discapacidad, ¿puede obtener dicha condición?

Si, siempre y cuando se tenga reconocido un grado de discapacidad de al menos un 33 %. Cada hijo con discapacidad o incapacitado para trabajar computa como si tuvieras dos hijos para determinar la categoría de familia numerosa.

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¿En qué casos se puede obtener la condición de familia numerosa con un miembro con una discapacidad?

De forma general:
  • Dos hijos cuando uno de ellos tenga una discapacidad de al menos un 33 %.
  • Dos hijos y dos personas ascendientes teniendo ambas una discapacidad de al menos un 33 %.
  • Dos hermanos en situación de orfandad cuando uno de ellos tenga una discapacidad de al menos un 33 %, sean mayores de edad y tengan dependencia económica entre sí.
  • Dos hijos y una persona ascendiente con una discapacidad de al menos un 65 %
De forma específica:
  • Ascendientes con tres hijos cuando dos de ellos tenga una discapacidad de al menos un 33 %
  • Ascendientes con dos hijos con discapacidad de al menos un 33 % y cuyos ingresos anuales dividido por el número de personas que componen la unidad familiar no superen el 75 % del IPREM.
  • Ascendientes con tres hijos uno de ellos con discapacidad de al menos un 33 % y cuyos ingresos anuales dividido por el número de personas que componen la unidad familiar no superen el 75 % del IPREM.
  • Ascendientes con cuatro hijos cuando uno de ellos tenga una discapacidad de al menos un 33 %.

¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder al título de familia numerosa?

  • Vinculo conyugal
  • Los hijos deben ser menores de 21 años.
  • Se ampliará hasta los 25 siempre y cuando siga estudiando. El límite de edad desaparece cuando tiene un grado de discapacidad mínimo del 33 %.
  • Deben estar solteros.
  • Convivir en la unidad familiar
  • Depender económicamente de la unidad familiar

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