Revista Salud y Bienestar

Impacto de la subida de la base de cotización en la pensión de jubilación

Por Pedirayudas @Pedirayudas

SEPE: La subida de la base de cotización afecta positivamente a la pensión de jubilación de los perceptores del subsidio para mayores de 52 años. Esta medida, ya en vigor tras su publicación en el BOE el pasado 28 de marzo, tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de este año.

Aumento de las bases mínimas de cotización

La subida de las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social hasta los 1.323 euros mensuales, en vigor desde su publicación en el BOE el pasado 28 de marzo, va a repercutir positivamente en las futuras pensiones de los perceptores del subsidio para mayores de 52 años.

Ayuda asistencial y cotización

Esta ayuda asistencial, que puede cobrarse de forma ininterrumpida por estos desempleados hasta la edad legal de jubilación, es la única que cotiza hasta ese momento por el 125% de la base mínima vigente cada año. Eso significa que si hasta ahora la base mínima de cotización era de 1.260 euros y el subsidio para mayores de 52 años cotizaba por 1.575 euros mensuales, a partir de este incremento aprobado por el Gobierno hasta los 1.323 euros, este subsidio pasará a cotizar por una base de 1.653 euros al mes.

Efecto retroactivo de la medida

Este aumento de 63 euros de las bases mínimas de cotización se ha producido acorde con la última subida del salario mínimo aprobada en febrero hasta los 1.134 euros al mes. Además, la medida tiene efecto retroactivo, con lo que la administración deberá abonar la diferencia de cotizaciones a la Seguridad Social desde el pasado 1 de enero de 2024. Con el actual método de cálculo de la pensión de jubilación, esta subida cobra importancia ya que a la hora de calcular su importe se tienen en cuenta, entre otros aspectos, las últimas 300 bases de cotización (25 años) y, por tanto, si aumenta esa base mayor será la pensión.

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Sistema de pensiones en España

El sistema de pensiones en España está sujeto a la obligación de cotizar (15 años como mínimo) en el Régimen de la Seguridad Social y esta aportación se calcula en función de la base de cotización. Ésta es la remuneración mensual bruta (incluidas las horas extra, las pagas extra prorrateadas y las vacaciones retribuidas y no disfrutadas si las hubiera) que recibe un trabajador que está dado de alta en la Seguridad Social. Sobre esta base, en caso de los trabajadores por cuenta ajena del Régimen General, se establece el porcentaje que se debe aportar a la Seguridad Social, tanto por parte del empleado como de la empresa en nombre del trabajador.

Subsidio para mayores de 52 años

Es la única ayuda que puede cobrarse de forma ininterrumpida hasta la edad legal de jubilación y en la que el Servicio Público de Empleo Estatal cotiza por el desempleado hasta su retiro. En caso de estar desempleado y estar cobrando el subsidio para mayores de 52 años, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) mantendrá la cotización por jubilación ya que se trata de una prestación asistencial que consta de una dotación económica equivalente a 480 euros mensuales y del abono a la Seguridad Social de la cotización para la jubilación.


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