Revista Solidaridad

Pobreza menstrual

Por Pcelimendiz

Hace unos meses escribí una entrada en este blog sobre la perversidad que supone el ponerle apellidos a la pobreza. Lo que nunca pensé es que, dentro de la multitud de adjetivos con los que se está poniendo de moda acompañar el término, encontraríamos el de "pobreza menstrual".

 
Pobreza menstrual En dicha entrada "Pobreza Pérez", reflexionaba entre otras cosas sobre cómo el trocear y parcelar las situaciones de pobreza mediante esos calificativos es causa y consecuencia de una política social incapaz de abordar integralmente el problema y dirigida más bien a paliar o trabajar con las consecuencias de la pobreza, y no con sus causas. 
Pero esto de la "pobreza menstrual" me parece ya rizar el rizo. Los medios de comunicación lo están denominando así a raíz de la noticia de que en Escocia (ver noticia), han decidido facilitar a las mujeres que lo necesiten el acceso a estos productos higiénicos. 
La noticia no habla demasiado de cómo se va a implementar esa medida, pero parece ser que para no estigmatizar a las beneficiarias han tomado la decisión de entregar tampones y compresas de forma gratuita a todas las estudiantes del país.
Personalmente respeto esta medida, pues considero que los gastos en estos productos higiénicos suponen para muchas familias una dificultad en la que deben ser ayudadas, y aunque no estoy de acuerdo con el modelo de implantación (preferiría una suficiente política de garantía de ingresos para las familias combinada con una regulación de los precios en los productos de primera necesidad), sí me parece que contiene algunos elementos positivos, como el de cierta universalización, el citado de no estigmatización, el de no hacerlo a través del sistema de servicios sociales...
De todas formas, en nuestro país no creo que vayamos a copiar a los escoceses. Aquí tenemos nuestro propio sistema para hacer las cosas, y en el caso de que decidiéramos poner en marcha alguna medida al respecto, lo haríamos más o menos de la siguiente forma:
 .Todo comenzaría con un Decreto elaborado por el Gobierno de la Nación con una larga y prolija explicación sobre lo conveniente y progresista de la medida. En dicho Decreto se determinarían las posibles beneficiarias, que se dividirían en seis subtipos mediante una combinación de sus capacidades económicas y las características y duración de su menstruación. Según su capacidad económica (personal y/o familiar según se trate de menores o no) se dividirán en mujeres vulnerables o mujeres muy vulnerables y según las características de la menstruación serán divididas en cortamente menstruantes, largamente menstruantes o irregularmente menstruantes.Para cada subtipo se establecerá un porcentaje de financiación que podrá ir desde el 50% hasta el 90% del precio medio del coste mensual en este tipo de productos calculado para el mismo y que será delimitado por el Gobierno de forma mensual teniendo en cuenta la situación del mercado en cada momento. Para el cálculo del precio se aplicará un factor de corrección en función de si la mujer reside en el medio rural o el urbano. Las mujeres que quieran acceder a estas prestaciones deberán acudir a los servicios sociales de su zona a solicitarlas. En función del estudio de la capacidad económica y del informe médico preceptivo que tendrán que aportar sobre las características de su mensturación, los servicios sociales establecerán el subtipo al que pertenecen y el porcentaje de financiación. Para el cálculo del porcentaje se establecerán y aplicarán por parte de los servicios sociales los correspondientes coeficientes en función de si se trata de mujeres víctimas de violencia, con alguna discapacidad, familias monomarentales y otras.Pobreza menstrualLa concesión de la prestación será durante un año, (pudiendo ser revisada en cualquier momento, claro), durante el cual la entidad local titular de los servicios sociales ingresará cada mes al establecimiento elegido por la usuaria la cantidad resultante del porcentaje concedido. Sólo podrán elegirse los establecimientos que hayan firmado previamente un convenio con la entidad local en el cual, entre otras cosas, se garantice la confidencialidad de los datos. El Gobierno proporcionará un modelo de convenio para dichas situaciones.De forma mensual el establecimiento remitirá un listado con las mujeres beneficiarias y el gasto efectuado en cada una de ellas a los servicios sociales de la zona. Dichos servicios sociales compararán dichos listados con las facturas que, tras efectuar la compra, la mujer beneficiaria debe entregar a los mismos. Así se comprobará mensualmente el adecuado destino de los fondos.Una vez acreditado el destino y certificado correctamente el gasto, la entidad local remitirá dichos listados y toda la documentación a su comunidad autónoma, quien financiará a la entidad local un porcentaje entre el 50% y el 75% de los gastos efectuados según los subtipos de mujeres beneficiarias.
-¡Mucho mejor que los escoceses!, me ha espetado Wang cuando se lo he explicado, al tiempo que me preguntaba si también se financiaría de algún modo la copa menstrual a las mujeres pobres.
-No lo se, Wang, -le he contestado-. Habrá que crear alguna comisión al respecto.

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